La sentencia que acaba de emitir la Sala Superior es en el sentido de que el TEEO emita una nueva donde analice a más detalle (exhaustivamente) los planteamientos de la Senadora.
Cuando refieren *perspectiva de género*, realmente no es un tema específico para ella, toda sentencia debe dictarse así.
No hay cambio de sentido, ni mucho menos le dan la razón en cuanto a que sea ella precandidata, la sentencia es _para efectos_ de que se emita una nueva.
Para evitar las fake news
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